sábado, 19 de noviembre de 2011

"El Tribunal Constitucional y el Poder Judicial"

El Tribunal Constitucional    /    Poder Judicial
Caracteristricas del TC:

El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad.

Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional; se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley Nº 28301.

Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, es decir, que como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes o actos de los órganos del Estado no socaven lo dispuesto por ella. Interviene para restablecer el respeto a la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular.
El Tribunal se compone de siete miembros elegidos por el Congreso de la República por un período de cinco años. No hay reelección inmediata.


    Coresponde al TC:
    • Conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad.
    • Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento.
    • Conocer los conflictos de competencia, o de atribuciones asignadas por la Constitución, conforme a ley.
    Los Procesos Constitucionales:

    El Código Procesal Constitucional, Ley Nº 28237, regula los procesos constitucionales previstos en los artículos 200 y 202 inciso 3) de la Constitución:
    1.  Proceso de Hábeas Corpus
    2.  Proceso de Amparo
    3.  Proceso de Hábeas Data
    4.  Proceso de Cumplimiento
    5.  Proceso de Inconstitucionalidad
    6.  Proceso de Conflicto de Competencia o de Atribuciones
    7.  Proceso de Acción Popular
    Los procesos constitucionales se clasifican en atención al objeto de protección de cada uno de ellos. Existen tres clases:
    1.  Procesos de tutela de derechos.
    2.  Procesos de control normativo.
    3.  Proceso de conflicto competencial.

    Organigrama Estructural  del TC:

     



    Normatividad del TC:


    Normatividad del PJ.

                  Constitucion Política del  Perú

                   Ley Organica del Poder Judical
    Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA
    Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General
    Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo
    Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General
    Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo

    Reglamento Interno de Trabajo
    TUPA



    Corresponde al Tribunal Constitucional:


  1. Consolidar la autonomía del Poder Judicial y la independencia de los magistrados.




  2. Mejorar y ampliar el acceso a la justicia.




  3. Modernizar la administración de justicia.




  4. Alcanzar una alta calidad de justicia y optimizar el servicio al ciudadano.


  5.  Características del PJ:

    Administrar Justicia a través de sus órganos jurisdiccionales, con arreglo a la Constitución y a las leyes, garantizando la seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional, para contribuir al estado de derecho, al mantenimiento de la paz social y al desarrollo nacional".

    Para el cabal cumplimiento de esta misión es necesario dotar al Poder Judicial de los siguientes elementos: Magistrados respetados, probos, capaces, éticos y justos y, además, actualizados en su calificación jurídica.

    Crear nuevos sistemas de gestión y modernización para contar con despachos judiciales modernos, con infraestructura adecuada y sistemas de información actualizados.

    Proporcionar a los magistrados el personal de apoyo jurisdiccional y administrativo capacitado y con vocación de servicio.

    Articular una administración con criterio gerencial moderno y descentralizado.



      Estrategias del PJ

      El PJ nos presenta 3 estrategias importantes que se subdividen en:

      1.Priorizar
      .El acceso a la justicia
      .La confianza en el sistema judicial
      .Racionalizar la inversión de los recursos a utilizarse en el proceso.
      2. Modernizar la estructura del Poder Judicial con las siguientes acciones:
      .Romper con los paradigmas tradicionales
      .Orientar la institución al servicio del ciudadano
      .Buscar el equilibrio entre la oferta y la demanda de los servicios judiciales.
      3. Promover el incremento de la productividad a través de:

      .La sistematización de los procesos y procedimientos

      .La racionalización de los recursos humanos
      .La permanente capacitación y evaluación

      sábado, 5 de noviembre de 2011

      2°Taller Virtual

      1.Principales Características de Herramientas Jurídicas para el Abogado, Estudiantes, Practicantes e interesados en buscar Normas Jurídicas:

                   http://www.elperuano.pe/PublicacionNLB/normaslegales/wfrmNormasBuscar.aspx

      Con esta herramienta se pueden buscar normas legales desde la fecha de publicación como:

      También se puede seleccionar a la entidad la entidad adecuada como:

                                                   http://www.congreso.gob.pe/ntley/default.asp

      El Archivo Digital de la Legislación del Perú contiene:

      · Las normas con rango de ley, que pertenecen al Sistema Normativo Peruano y las que han sido declaradas No Vigentes. también se puede buscar:


      Nota.- Los expedientes completos están disponibles para las leyes promulgadas a partir de la Primera Legislatura Ordinaria 2006-2007 (Ley N° 28866)


                       

                                                                 http://spij.minjus.gob.pe/

      Proporcionar y divulgar la información jurídica oficial, sistematizada, confiable y oportuna; y mantener la coherencia del sistema jurídico para:

      ·         Fortalecer las capacidades profesionales y técnicas de los operadores de derecho especialmente de los funcionarios públicos; en beneficio de la seguridad jurídica y de la Eficacia del Estado.

      ·         Empoderar a los ciudadanos para el mejor ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes.

      Que los operadores del derecho y la ciudadanía en general estén en condiciones de acceder en todo momento a la información legal vigente en la materia de su interés, asi como a la información complementaria, a través del Sistema Peruano de Información Jurídica - SPIJ, a fin que puedan ejercitar sus deberes y derechos primordiales.

       

      2. Cual considera usted la Base de Datos de Legislación Peruana más completa y ventajosa. Fundamente su respuesta.

       

      Yo considero que la Herramienta más importante es el Spij ya que es la base de datos más actualizada y  completa. Además el poder utilizarla es muy fácil y puedes encontrar todo tipo de legislación en su base de datos con sus respectivas referencias si ha sido derogada o actualizada…es mi opinión es la herramienta más rápida y completa, siempre la utilizo y me es muy útil.


      Su Legislación básica consta de:

      Constituciones Políticas del Perú, Códigos, Leyes, Leyes Orgánicas, Reglamentos, Directivas.


      Palabras del Doctor Victor Garcia Toma
                                             

      3. Que otras Bases de Datos de Legislación Peruana en internet existen:

      Cada una de las instituciones del Estado que ayudan a mejorar las relaciones con los ciudadanos y que sirven de gran ayuda para mantenernos informados sobre los cambios o  modificaciones de sus reglamentos u leyes orgánicas son mostradas muchas veces en sus páginas web y es modificada en su base de datos ya que cada institución al servicio de los ciudadanos, como las siguientes:


                                                   http://www.sunarp.gob.pe/Homepage.asp

      La SUNARP

                                                    



       La labor de la SUNAT
                                              

      La labor Aduanera

                                                              

      Guía MYPE SUNAT


      sábado, 29 de octubre de 2011

      Archivo Digital de la Legislaciòn en el Perù

                                               http://www.congreso.gob.pe/ntley/LeyNumePP.htm

      Esta es una de las herramientas más antiguas que se le brindo a los abogados para poder ayudar en la búsqueda de Normas, leyes o jurisprudencia, ahora tenemos una herramienta más rápida y actualizada como el Spij.
       ºpara poder buscar una norma, su publicaciòn o derogacion en esta herramienta tenmos que describir     exactamente la informaciòn que queremos buscar en el siguiente cuadro:


      Còdigo Civil del PERÙ

      CODIGO CIVIL DE 1984
      DECRETO LEGISLATIVO Nº 295
      Promulgado :24.07.84
      Publicado    :25.07.84
      Vigencia      : 14.11.84
           EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
           POR CUANTO:
           Que la Ley Nº 23403 creó la Comisión Revisora del Proyecto de Código Civil preparado por la Comisión establecida mediante Decreto Supremo Nº 95 de 1 de marzo de 1965, y, al mismo tiempo, facultó al Poder Ejecutivo para que, dentro del presente período constitucional y mediante Decreto Legislativo, promulgue el nuevo Código Civil, con cargo de fijar la fecha en que éste debe entrar en vigencia;
           Que el artículo 2 de la Ley Nº 23756 dispuso, con la finalidad expresada en su artículo 1, que el nuevo Código Civil podrá ampliar, modificar o derogar disposiciones de códigos u otras leyes diferentes al Código Civil de 1936, en los términos del Proyecto que apruebe la Comisión Revisora creada por la Ley Nº 23403;
           Que la mencionada Comisión Revisora ha presentado, para su promulgación, el Proyecto del nuevo CÓDIGO CIVIL, aprobado por ella de conformidad con la Ley Nº 23403 y el artículo 2 de la Ley Nº 23756.


      EL CÓDIGO CIVIL DE 1852

      El plan de 1852 es el mismo que el Código Civil francés de 1804. El Código se divide en un Título Preliminar (de las leyes en general) y 3 libros: 1º De las personas y sus derechos; 2º De las cosas: del modo de adquirirlas, y de los derechos que las personas tienen sobre ellos; 3º De las obligaciones y contratos.

      Los codificadores del 1852 se inspiraron fundamentalmente en el Código Civil francés, pero también en el Derecho Español, especialmente el Derecho Castellano, el Derecho de Indias y el Derecho Canónico.

      Fecha de dación:29/07/1852

      La Fecha de Promulgación: 29/07/1852

      Fecha de publicación: 28/07/1852




      CÓDIGO CIVIL 1936

      Se inspira, en la orientación Germánica, sea directamente a través del Código alemán de 1900, sea imitando los códigos filiales del alemán como son el suizo y el brasileño. Se mantuvo a menudo el contenido del código del 1852 remozando su doctrina y llenando sus lagunas; la idea de renovación ha sido la única que ha primado en la Comisión Reformadora; las instituciones tradicionales se mantuvieron, adaptándolas y modernizándolas conforme a las necesidades de la época. En realidad, la reforma de un Código no significa la destrucción de las instituciones existentes, porque la infraestructura social no cambia totalmente; las transformaciones culturales que aportan nuevo vigor a las instituciones jurídicas, únicamente cuando se han consolidado en la conciencia social, exigen nuevas formulaciones.

      La estructura del Código de 1936 es la siguiente: Título Preliminar conformado por normas generales comunes a todo el derecho y normas de Derecho Internacional Privado. Libro Primero: Del derecho de las personas; Libro Segundo: Del derecho de familia; Libro tercero: Del derecho de sucesión; Libro Cuarto: De los derechos reales; Libro Quinto: Del derecho de las obligaciones.

      Ley N° 8305

      Fecha de dación: 29/05/1936

      Fecha de promulgación: 02/06/1936


      domingo, 23 de octubre de 2011

      Taller Virtual

                                                           http://www.lex-doctor.com/index.php

      Los sistemas que brinda,  desarrolla y comercializa  Lex-DOCTOR son sistemas de computación son para ser aplicados a la actividad jurídica.


      1.    Principales servicios que se ofrecen:
      Los principales servicios que ofrecen son el de el manejo de la gestión integral de Receptorías de Expedientes, Juzgados, Tribunales y dependencias similares de los Poderes Judiciales, denominado Lex-Doctor Oficinas Judiciales.

      En 1998
      LD-Online , un servidor de datos que permite integrar la información almacenada en uno o varios sistemas Lex-Doctor, para producir sistemas de consulta de expedientes en línea y en tiempo real, susceptibles de ser publicados por Internet o Intranet. Una juridsicción formada por muchos juzgados distribuidos en una zona geográfica muy amplia (ej. toda una provincia), puede ser consultada gracias a LD-Online, a través de un único sitio de Internet, en línea y en tiempo real, sin requerir grandes costos en hardware o en conectividad.
      En 1999
      Se publicó Lex-Doctor Concentrador, sistema que ha sido diseñado para brindarle a toda empresa que posea su cartera de juicios tercerizada en varias asesorías externas, la posibilidad de consolidar el 100% de la información estadística y de gestión de cada uno de los expedientes (procesales o extraprocesales) de las distintas asesorías, en una única base de datos centralizada. De este modo, cada estudio o asesoría operará en un sistema Lex-Doctor Estudios Jurídicos, donde llevará toda la gestión de expedientes, y enviará periódicamente el 100% de la información a la sede central donde se encuentra instalado el sistema Lex-Doctor Concentrador , para su posterior concentración, permitiendo todo el control y supervisión sobre la información, combinando poderosas herramientas de búsqueda, clasificación, y análisis de datos con listados, reportes e informes personalizados.
                                                                    En 2001
      Se encuentra a disposición de los usuarios LD-Com, un nuevo paquete de herramientas destinadas a ampliar los beneficios de utilizar Lex-Doctor, abriendo totalmente sus bases de datos y demás funcionalidades, para posibilitar el libre desarrollo de tecnología complementaria y la interacción de programas de terceros.
      Dentro de los sevicios que ofrece tenemos también:


      2.    Ventajas de los servicios que se ofrecen
      Las ventajas que ofrece Lex-DOCTOR son las siguientes:

      *      La gestión de cada expediente estará atomizada por zonas o regiones según cada cartera, y cada asesoría externa trabajará con el sistema Lex-Doctor estándar, lo que le evitará tener que utilizar otra aplicación provista por la empresa, evitándole duplicidad de información, interfases con otros sistemas, aprendizaje de nuevas herramientas, etc.
      *      La empresa podrá auditar, controlar y supervisar la gestión global de sus expedientes y la gestión de cada asesoría externa, a través de un sistema homogéneo y centralizados
      *      La asesoría externa no necesitará realizar estadísticas, reportes e informes especiales a pedido de la empresa, dado que el envío del 100% de la información de gestión de cada expediente le permitirá a la empresa la confección de los mismos por sus propios medios.
      *      La empresa no se encontrará con inconsistencia de información dado que tendrá una vista espejo de cada asesoría externa, pudiendo definir y organizar las tablas maestras de todo el circuito de datos.
      *      La comunicación bi-direccional permitirá mantener un fluido dialogo y control por de cada expediente administrado a distancia, optimizando ampliamente la logística y los recursos informáticos, lo que redundará en beneficios para ambas partes.
      3.    Razones por las que en el Perú no se tenga un software similar.
      Lex-DOCTOR tienen como principal fuente a la jurisprudencia  estrictamente oficial que proviene de las bases de datos que se obtienen por convenios celebrados con los organismos judiciales nacionales y provinciales a su vez   ese contenido se extrae directamente de la fuente que las origina, En nuestro país aún atrasados en tecnología toda nuestra jurisprudencia no se encuentra en formatos de CD´ROM  como en otros países agregándole que en las provincias es aún más difícil obtener los documentos jurídicos.
      Si bien tenemos al Spij que brinda a los abogados estar al día con las leyes pero que este programa viene como herramienta dada por el Poder Judicial (Estatal), el Perú que se dice ser un país conservador no creo que de paso a una entidad particular que maneje nuestra jurisprudencia.
      Una razón más seria el costo que tendría el Estado Y la propia empresa para lograr que toda sus jurisprudencia se encuentre en fuentes más avanzadas.

      Esta solicitud se ve tan sencilla pero detras de ella para  nuestro pais mucho gasto humano y económico es una pena pero es la verdad:




      4.    ¿Qué otros softwares similares existen en el mercado internacional o nacional?
      Tenemos a:
      JUREX - Sofware Integral para la Gestión Jurídica Corporativa
                     
      Jurex nos brinda responder al desafío que plantea la práctica actual del derecho
      que es el conciliar equilibradamente el arte jurídico con la celeridad y la optimización
      que la realidad del mercado  impone.


      Quienes  realizan el seguimiento completo de los expedientes jurídicos de su despacho, bufete o departamento jurídico. Es el sistema más rápido para buscar y localizar sus casos, con diferencia.
      GEDEX le ayuda a incrementar beneficios y ahorrar en costes de gestión.


      Desde 1990, abogados, especialistas en sistemas y especialistas en organización de recursos humanos y empresariales brindamos un servicio integral de consultoría para la informatización de oficinas legales y
      áreas de recupero.


                                                                     http://www.litigaronline.com/
      Ø  El registrarse  permitirá acceder a su información desde cualquier lugar del mundo.
      Ø  Puedes crear una oficina online, solo tienes que  indicar tu perfil profesional y ser localizado en internet
      Ø  Puede trabajar con muchos colegas de diferentes lugares y  ser miembro en más de una oficina legal.
      Ø  Puede administrar y tener acceso a toda la información de su oficina  y la de otros colegas en tiempo real.