sábado, 29 de octubre de 2011

Archivo Digital de la Legislaciòn en el Perù

                                         http://www.congreso.gob.pe/ntley/LeyNumePP.htm

Esta es una de las herramientas más antiguas que se le brindo a los abogados para poder ayudar en la búsqueda de Normas, leyes o jurisprudencia, ahora tenemos una herramienta más rápida y actualizada como el Spij.
 ºpara poder buscar una norma, su publicaciòn o derogacion en esta herramienta tenmos que describir     exactamente la informaciòn que queremos buscar en el siguiente cuadro:


Còdigo Civil del PERÙ

CODIGO CIVIL DE 1984
DECRETO LEGISLATIVO Nº 295
Promulgado :24.07.84
Publicado    :25.07.84
Vigencia      : 14.11.84
     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
     POR CUANTO:
     Que la Ley Nº 23403 creó la Comisión Revisora del Proyecto de Código Civil preparado por la Comisión establecida mediante Decreto Supremo Nº 95 de 1 de marzo de 1965, y, al mismo tiempo, facultó al Poder Ejecutivo para que, dentro del presente período constitucional y mediante Decreto Legislativo, promulgue el nuevo Código Civil, con cargo de fijar la fecha en que éste debe entrar en vigencia;
     Que el artículo 2 de la Ley Nº 23756 dispuso, con la finalidad expresada en su artículo 1, que el nuevo Código Civil podrá ampliar, modificar o derogar disposiciones de códigos u otras leyes diferentes al Código Civil de 1936, en los términos del Proyecto que apruebe la Comisión Revisora creada por la Ley Nº 23403;
     Que la mencionada Comisión Revisora ha presentado, para su promulgación, el Proyecto del nuevo CÓDIGO CIVIL, aprobado por ella de conformidad con la Ley Nº 23403 y el artículo 2 de la Ley Nº 23756.


EL CÓDIGO CIVIL DE 1852

El plan de 1852 es el mismo que el Código Civil francés de 1804. El Código se divide en un Título Preliminar (de las leyes en general) y 3 libros: 1º De las personas y sus derechos; 2º De las cosas: del modo de adquirirlas, y de los derechos que las personas tienen sobre ellos; 3º De las obligaciones y contratos.

Los codificadores del 1852 se inspiraron fundamentalmente en el Código Civil francés, pero también en el Derecho Español, especialmente el Derecho Castellano, el Derecho de Indias y el Derecho Canónico.

Fecha de dación:29/07/1852

La Fecha de Promulgación: 29/07/1852

Fecha de publicación: 28/07/1852




CÓDIGO CIVIL 1936

Se inspira, en la orientación Germánica, sea directamente a través del Código alemán de 1900, sea imitando los códigos filiales del alemán como son el suizo y el brasileño. Se mantuvo a menudo el contenido del código del 1852 remozando su doctrina y llenando sus lagunas; la idea de renovación ha sido la única que ha primado en la Comisión Reformadora; las instituciones tradicionales se mantuvieron, adaptándolas y modernizándolas conforme a las necesidades de la época. En realidad, la reforma de un Código no significa la destrucción de las instituciones existentes, porque la infraestructura social no cambia totalmente; las transformaciones culturales que aportan nuevo vigor a las instituciones jurídicas, únicamente cuando se han consolidado en la conciencia social, exigen nuevas formulaciones.

La estructura del Código de 1936 es la siguiente: Título Preliminar conformado por normas generales comunes a todo el derecho y normas de Derecho Internacional Privado. Libro Primero: Del derecho de las personas; Libro Segundo: Del derecho de familia; Libro tercero: Del derecho de sucesión; Libro Cuarto: De los derechos reales; Libro Quinto: Del derecho de las obligaciones.

Ley N° 8305

Fecha de dación: 29/05/1936

Fecha de promulgación: 02/06/1936


domingo, 23 de octubre de 2011

Taller Virtual

                                                     http://www.lex-doctor.com/index.php

Los sistemas que brinda,  desarrolla y comercializa  Lex-DOCTOR son sistemas de computación son para ser aplicados a la actividad jurídica.


1.    Principales servicios que se ofrecen:
Los principales servicios que ofrecen son el de el manejo de la gestión integral de Receptorías de Expedientes, Juzgados, Tribunales y dependencias similares de los Poderes Judiciales, denominado Lex-Doctor Oficinas Judiciales.

En 1998
LD-Online , un servidor de datos que permite integrar la información almacenada en uno o varios sistemas Lex-Doctor, para producir sistemas de consulta de expedientes en línea y en tiempo real, susceptibles de ser publicados por Internet o Intranet. Una juridsicción formada por muchos juzgados distribuidos en una zona geográfica muy amplia (ej. toda una provincia), puede ser consultada gracias a LD-Online, a través de un único sitio de Internet, en línea y en tiempo real, sin requerir grandes costos en hardware o en conectividad.
En 1999
Se publicó Lex-Doctor Concentrador, sistema que ha sido diseñado para brindarle a toda empresa que posea su cartera de juicios tercerizada en varias asesorías externas, la posibilidad de consolidar el 100% de la información estadística y de gestión de cada uno de los expedientes (procesales o extraprocesales) de las distintas asesorías, en una única base de datos centralizada. De este modo, cada estudio o asesoría operará en un sistema Lex-Doctor Estudios Jurídicos, donde llevará toda la gestión de expedientes, y enviará periódicamente el 100% de la información a la sede central donde se encuentra instalado el sistema Lex-Doctor Concentrador , para su posterior concentración, permitiendo todo el control y supervisión sobre la información, combinando poderosas herramientas de búsqueda, clasificación, y análisis de datos con listados, reportes e informes personalizados.
                                                              En 2001
Se encuentra a disposición de los usuarios LD-Com, un nuevo paquete de herramientas destinadas a ampliar los beneficios de utilizar Lex-Doctor, abriendo totalmente sus bases de datos y demás funcionalidades, para posibilitar el libre desarrollo de tecnología complementaria y la interacción de programas de terceros.
Dentro de los sevicios que ofrece tenemos también:


2.    Ventajas de los servicios que se ofrecen
Las ventajas que ofrece Lex-DOCTOR son las siguientes:

*      La gestión de cada expediente estará atomizada por zonas o regiones según cada cartera, y cada asesoría externa trabajará con el sistema Lex-Doctor estándar, lo que le evitará tener que utilizar otra aplicación provista por la empresa, evitándole duplicidad de información, interfases con otros sistemas, aprendizaje de nuevas herramientas, etc.
*      La empresa podrá auditar, controlar y supervisar la gestión global de sus expedientes y la gestión de cada asesoría externa, a través de un sistema homogéneo y centralizados
*      La asesoría externa no necesitará realizar estadísticas, reportes e informes especiales a pedido de la empresa, dado que el envío del 100% de la información de gestión de cada expediente le permitirá a la empresa la confección de los mismos por sus propios medios.
*      La empresa no se encontrará con inconsistencia de información dado que tendrá una vista espejo de cada asesoría externa, pudiendo definir y organizar las tablas maestras de todo el circuito de datos.
*      La comunicación bi-direccional permitirá mantener un fluido dialogo y control por de cada expediente administrado a distancia, optimizando ampliamente la logística y los recursos informáticos, lo que redundará en beneficios para ambas partes.
3.    Razones por las que en el Perú no se tenga un software similar.
Lex-DOCTOR tienen como principal fuente a la jurisprudencia  estrictamente oficial que proviene de las bases de datos que se obtienen por convenios celebrados con los organismos judiciales nacionales y provinciales a su vez   ese contenido se extrae directamente de la fuente que las origina, En nuestro país aún atrasados en tecnología toda nuestra jurisprudencia no se encuentra en formatos de CD´ROM  como en otros países agregándole que en las provincias es aún más difícil obtener los documentos jurídicos.
Si bien tenemos al Spij que brinda a los abogados estar al día con las leyes pero que este programa viene como herramienta dada por el Poder Judicial (Estatal), el Perú que se dice ser un país conservador no creo que de paso a una entidad particular que maneje nuestra jurisprudencia.
Una razón más seria el costo que tendría el Estado Y la propia empresa para lograr que toda sus jurisprudencia se encuentre en fuentes más avanzadas.

Esta solicitud se ve tan sencilla pero detras de ella para  nuestro pais mucho gasto humano y económico es una pena pero es la verdad:




4.    ¿Qué otros softwares similares existen en el mercado internacional o nacional?
Tenemos a:
JUREX - Sofware Integral para la Gestión Jurídica Corporativa
               
Jurex nos brinda responder al desafío que plantea la práctica actual del derecho
que es el conciliar equilibradamente el arte jurídico con la celeridad y la optimización
que la realidad del mercado  impone.


Quienes  realizan el seguimiento completo de los expedientes jurídicos de su despacho, bufete o departamento jurídico. Es el sistema más rápido para buscar y localizar sus casos, con diferencia.
GEDEX le ayuda a incrementar beneficios y ahorrar en costes de gestión.


Desde 1990, abogados, especialistas en sistemas y especialistas en organización de recursos humanos y empresariales brindamos un servicio integral de consultoría para la informatización de oficinas legales y
áreas de recupero.


                                                               http://www.litigaronline.com/
Ø  El registrarse  permitirá acceder a su información desde cualquier lugar del mundo.
Ø  Puedes crear una oficina online, solo tienes que  indicar tu perfil profesional y ser localizado en internet
Ø  Puede trabajar con muchos colegas de diferentes lugares y  ser miembro en más de una oficina legal.
Ø  Puede administrar y tener acceso a toda la información de su oficina  y la de otros colegas en tiempo real.
                                                    

sábado, 15 de octubre de 2011

Gobiernos Locales

                                    Aplicación de la Informática en mi Distrito " Miraflores"



En los Distritos también se emplea las herramientas de la informática y computación, los cuales ayudan a tener un mejor servicio con sus vecinos o con aquellos interesados en recaudar o obtener información pública de otros distritos, informaciones como el funcionamiento de la Biblioteca Ricardo Palma de mi distrito, donde tienes acceso a los libros que puedes adquirir, los horarios de atención o los eventos que se realiza.

Esta herramienta que tiene la Municipalidad es muy importante pues no solo es utilizada por jóvenes o adultos sino también existe la Biblioteca para Niños. Tiene también dentro de su portal web información sobre el funcionamiento y autoridades de la municipalidad O tramites como:

Gobierno Electronico







El Gobierno Electrónico, según la ONU, es el uso de las TICs (Tecnologías de la Información) por parte del Estado, para brindar los servicios e información ofrecidos a los ciudadanos, aumentar la eficiencia y eficacia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación ciudadana.
Requisitos para los proyectos de Gobierno Electrónico:

Pasar de trámites dispersos a servicios electrónicos integrados a través de ventanillas únicas.
Pasar de trámites complejos a simples



ESTADO ANTE EL CIUDADANO, es uno solo: integración de los procesos y trámites de las instituciones.

PROMOVER UNA CULTURA DE SERVICIO DE CALIDAD: Promover la prestación de más y mejores servicios al ciudadano.
 
 
 
Por lo que concluimos en agradecer a cada una de las innovaciones que se van incorporando a nuestros sistemas Gubernamentales  para una mejor atención e interrelación de la Instituciones Estatales con los personas naturales y jurídicas. 

Herramientas del portal del Poder Judicial


El poder Judicial dentro de los servicios que brinda ayuda y facilita en la búsqueda de:

-Expedientes Judiciales:  Corte Suprema.
                                      Corte Superior.

-Consultas Judiciales

La presentación de un “Listado Trámites Judiciales” como:
• Beneficios Sociales
• Demanda de Alimentos
• Desalojos
• Dispensa de Presentación de Partida de Nacimiento
• Interdicción Civil
• Permiso Judicial de Viaje de Menores al Extranjero
• Permiso Notarial de Viaje de Menores
• Prescripción Adquisitiva
• Proceso No Contencioso de Adición de Nombre, etc.

Diccionario Jurídico : Búsqueda por palabra o por listado alfabético.

De todas las herramientas que nos brinda el Poder Judicial en su pagina, para mì, el Listado Judicial es el de mas ayuda no solo a los abogados sino tambien a la ciudadania en general para guiarnos en la presentacion de requisitos o que procedimientos se deben llevar a cabo.

Sin dejar de la lado las tres herramientas mas importantes que van a facilitar la funciòn del abogado como:

- El de Notificar.
-La consulta de expedientes.
La consulta de Antecedentes Penales.

"Comercio Exitoso"

                                                                      http://www.claro.com.pe/portal/pe/

En el mundo y en casi todos los países, las compras vías on line ahora son las más comunes y cada día mas seguras, empresas como CLARO, TELMEX u otras quienes brindan la información de servicios sin la necesidad de acudir a un centro de atención pues ingresando a sus páginas web logras conseguir muchas veces la información que necesitas.

Dado el dinámico y complicado contexto de negocios globales, las operaciones de comercio exterior demandan un departamento con especialistas en el área, cuyo perfil abarque no sólo las reglamentaciones de la materia, sino también el detalle de los tratados y acuerdos de libre comercio, así como los aspectos operativos.

De tal manera, que el encargado de esta área debe poseer un amplio conocimiento y grado de especialización que abarque temas como mercadotecnia, logística, cadena de suministro, relaciones con empresas importadoras y exportadoras, agentes aduanales, autoridades aduaneras y demás actores involucrados en la compra-venta y envío de mercancías y las opciones que se puedan ofrecer via on line.

Modelo de acto constitutivo

                                                             http://www.sunarp.gob.pe/


                                                   « Constitución de una Empresa »

Ley General de Sociedades regula la formación y/o modificación de una empresa; y al ser la Sociedad Anónima una forma societaria está contenida dentro de este cuerpo Jurídico, donde se le reconoce como una asociación voluntaria de personas, que acuerdan aportar bienes con la finalidad de realizar una actividad económica, esta sociedad se caracteriza además por la responsabilidad limitada de los socios por los aportes que cada uno haya efectuado, además por la existencia de las acciones como títulos valores que representan alícuotas del capital social, y finalmente se caracteriza también por el hecho que la dirección de la sociedad se basa en el capital y no en las personas.

PERSONA JURÍDICA.

A diferencia de la "Persona Natural", la Persona Jurídica, es toda aquella empresa que la Ley reconoce derechos y puede contraer obligaciones civiles y es apta para ser representada judicial y extrajudicialmente.

REQUISITOS:

1. Identificar y describir las ACTIVIDADES que van a desarrollar las empresas a constituir: INDUSTRIA - COMERCIO - SERVICIOS, EXTRACCIÓN – CULTIVO y/u otras.

2. Búsqueda de Índices y la RESERVA de Preferencia Registral, otorgado por la Oficina Registral de la zona, previo pago de los derechos correspondientes.

3. Fotocopia simple y legible del DNI del Titular y/o cada uno de sus socios y sus cónyuges, en caso de ser casados.

4. Definir e indicar el CAPITAL SOCIAL a aportar, especificando el aporte por cada socio. Este aporte puede ser: Bienes Dinerarios (efectivo) se efectúa un depósito Bancario a nombre de la Empresa, Bienes No Dinerarios (muebles, enseres, maquinarias y equipos), mediante el Informe de Valoración o mixto Ver formatos anexos de declaración jurada para el aporte de bienes no dinerarios y determinación de domicilio

PROCEDIMIENTO:

1.- ELABORACION DE LA MINUTA DE CONSTITUCION Es un documento especial de carácter privado, en el que intervienen las partes suscribiendo un contrato, el cual necesita la autorización de un abogado. Dicho documento va dirigido al notario para que lo extienda en su registro de escrituras públicas. Servicio gratuito en PRODAME.

2.- ELABORACION DE LA ESCRITURA PUBLICA Es todo documento matriz incorporado al registro notarial que es autorizado por el notario, conteniendo uno o más actos jurídicos. El colegio de Notarios designará una notaria cercana al domicilio fiscal de la empresa a tarifa social reducida, gracias a convenio suscrito entre el MTPE y Colegios de Notarios.

MINUTA > NOTARÍA > ESCRITURA PÚBLICA

3.- INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS El notario elevará los partes de la Escritura Publica a la Oficina Registral para la inscripción de la empresa en el Registro de personas jurídicas. NOTARÍA > REGISTROS PÚBLICOS > REGISTRO PERSONAS JURIDICAS

4.- SUNAT/ESSALUD El usuario con una copia del testimonio debidamente inscrito en los Registros Públicos, se dirige a las oficinas descentralizadas de la SUNAT, para inscribirse en el Registro Único del Contribuyente - RUC y solicitar su número correspondiente. Además, el usuario deberá inscribir a sus trabajadores en ESSALUD.

5.- PERMISOS ESPECIALES En cumplimiento a los estipulado en la Ley Nº 26935 - Ley sobre simplificación de procedimientos para obtener los registros administrativos y las autorizaciones sectoriales para el inicio de actividades de las empresas.

Estos trámites corresponde a aquellas empresas cuyas actividades a realizar requieran solicitar autorización previa del sector competente entre las principales están: - Ministerio de Agricultura. - Ministerio de Energía y Minas. - Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR - Ministerio del Interior. - Ministerio de Salud. - Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. - Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Dirección General de Correos. - Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - Instituto Nacional de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI - Organismo Supervisor de la Inversión de Energía - OSINERG, - Servicio de Taxi Metropolitano - SETAME 6.- AUTORIZACION DEL LIBRO DE PLANILLAS MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO (Oficina de Trámite Documentario)

REQUISITOS PARA LA APROBACION DEL PRIMER LIBRO DE PLANILLAS

• Solicitud de Autorización de Libros de Planillas
• Libro u hojas sueltas a ser autorizados.
• Copia del RUC.
• Pago de la tasa: 0.1 de la U.I.T. (34.50) por cada 100 hojas. (MYPE 70% de descuento) Régimen Laboral Especial de MICROEMPRESA, solicitud de acogimiento a los beneficios de la ley Persona JURIDICA , Persona NATURAL.

7.- LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO

Todo agente económico que inicie sus actividades en determinada jurisdicción geográfica (distrital o provincial) debe obtener un permiso municipal para el local donde desarrolle sus operaciones. Dicho permiso debe ser concedido por el municipio Distrital o Provincial correspondiente, de acuerdo a la Ley de Promocion y formalización de la MYPE Ley Nº 28015, la municipalidad es la autoridad competente para el otorgamiento de:
• Licencia de Funcionamiento Provisional.
• Licencia Municipal de Funcionamiento Definitiva.

Sobre la base de Zonificación y compatibilidad de uso deberán presentar: ¬ Fotocopia Simple del comprobante de información registrada o ficha RUC. ¬ Declaración Jurada Simple de ser micro o pequeña Empresa.
¬ Recibo de pago por derecho de trámite

8.- LEGALIZACION DE LIBROS DE ACTAS Y DE CONTABILIDAD

Los libros contables deberán ser legalizados previamente por un Notario Público o Juez de Paz Letrado.

BENEFICIOS DE LA FORMALIZACION DE UNA EMPRESA CON PERSONERIA JURIDICA

•Participar en concursos públicos y adjudicaciones como proveedor de bienes y servicios.
• Mayor facilidad para acceder al sistema de crédito formal.
• En casos fortuitos (pérdidas) responden frente a obligaciones con terceros sólo por el monto de capital aportado.
• No tienen ninguna limitación para realizar negocios con otras empresas y competir en el mercado nacional e internacional.
• El propietario o socio y sus familiares trabajadores de la empresa gozan de seguro y beneficios sociales.
• Conocen el rendimiento de sus inversiones a través de la evaluación de sus resultados económicos contables • Pueden expandir su empresa ampliando su capital social o abriendo nuevas filiales.




Modelo de Minuta

Modelo de Minuta de Constitución – Sociedad Anónima Cerrada S.A.C.


SEÑOR  NOTARIO:
SIRVASE EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PUBLICAS, UNA CONSTITUCION SIMULTANEA DE SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, QUE OTORGAN:
…………………………DE NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION ………………….., CON  DNI  N°…………………… ESTADO CIVIL  SOLTERO.
………………………, DE NACIONALIDAD PERUANA, OCUPACION …………………., CON DNI  Nº ………………., ESTADO CIVIIL CASADO CON ………………….. …………DNI Nº ……………….
TODOS SEí‘ALANDO DOMICILIO COMUN PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO EN ……………………….. N°………..  URBANIZACION …………………. DISTRITO ………………………,  PROVINCIA LIMA Y  DEPARTAMENTO  LIMA.
EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
PRIMERO.-  POR EL PRESENTE PACTO SOCIAL, LOS OTORGANTES MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, BAJO LA DENOMINACION DE ………………………,………………………………SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, PUDIENDO USAR LA ABREVIATURA ……..……………………………………S.A.C.
 SE OBLIGAN A EFECTUAR LOS APORTES PARA LA FORMACION DEL CAPITAL SOCIAL Y A FORMULAR EL CORRESPONDIENTE ESTATUTO.
SEGUNDO.- EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/. …………………. (…………………. Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR ……… ACCIONES  NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. ……. (…….……… Y 00/100 NUEVOS SOLES) CADA UNA, SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTE MANERA:
……………..…………….., SUSCRIBE ….. ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/. ……………………( ……………….. Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN EFECTIVO Y S/. …………….(…………………Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES.
…………………………,  SUSCRIBE ……… ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA S/. ………….. (……………… Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTES EN EFECTIVO Y S/. ………….. (……………… Y 00/100 NUEVOS SOLES) MEDIANTE APORTE EN BIENES MUEBLES.

EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO.

TERCERO.-LOS OTORGANTES DECLARAN QUE LOS BIENES MUEBLES APORTADOS A LA SOCIEDAD SON LOS QUE A CONTINUACION SE DETALLA Y QUE EL CRITERIO ADOPTADO PARA LA VALORIZACION, EN CADA CASO, ES EL QUE SE INDICA:
NOMBRE COMPLETO                       APORTA
1.-……………………………. Valor de Mercado      S/. 0, 000            
  
      SUB TOTAL       S/. ……….
NOMBRE COMPLETO                       APORTA
2.- ————————– Valor de Mercado      S/………..
3.- ————————–Valor de Mercado       S/. ………
       SUB TOTAL     S/, ………
          TOTAL        S/. ………
CUARTO .-  LA SOCIEDAD SE REGIRA POR ESTATUTO  SIGUIENTE Y EN TODO LO NO PREVISITO POR ESTE, SE ESTARA A LO DISPUESTO POR LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES – LEY 26887 – QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA “LA LEY”.
ESTATUTO
ARTICULO 1°.- DENOMINACION – DURACION – DOMICILIO: LA SOCIEDAD SE DENOMINA:“———————————————————————————-” SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, PUDIENDO UTILIZAR LA ABREVIATURA:  ……………………………………………S.A.C.
TIENE UNA DURACION INDETERMINADA; INICIA SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE PACTO SOCIAL Y ADQUIERE PERSONALIDAD JURIDICA DESDE SU INSCRIPCION EN  EL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DELIMA SU DOMICILIO ES LA PROVINCIA DE LIMA DEPARTAMENTO DE LIMA; PUDIENDO ESTABLECER SUCURSALES U OFICINAS EN CUALQUIER LUGAR DEL PAIS O EN EL EXTRANJERO. 
ARTICULO 2°.- OBJETO SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO DEDICARSE A:
SE ENTIENDE INCLUIDOS EN EL OBJETO SOCIAL LOS ACTOS RELACIONADOS CON EL MISMO, QUE COADYUVEN A LA REALIZACION DE SUS FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJETO PODRA REALIZAR TODOS AQUELLOS ACTOS Y CONTRATOS QUE SEAN LICITOS, SIN RESTRICCION ALGUNA.
              
ARTICULO 3º.- CAPITAL SOCIAL: EL MONTO DEL CAPITAL SOCIAL ES DE S/. ………………. (…………………………. Y 00/100 NUEVOS SOLES) REPRESENTADO POR ……… ACCIONES  NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. ………(……………………Y 00/100 NUEVOS SOLES)  CADA UNA.
EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO.
ARTICULO 4°.-  TRANSFERENCIA Y ADQUISICION DE ACCIONES: LOS OTORGANTES  ACUERDAN SUPRIIMIR EL DERECHO DE PREFERENCIA  PARA LA ADQUISICION DE ACCIONES, CONFORME A LO PREVISTO EN EL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO  237º DE LA  “LEY”.
ARTICULO 5°.- ORGANOS DE LA SOCIEDAD: LA SOCIEDAD QUE SE CONSTITUYE TIENE LOS SIGUIENTES ORGANOS:
A) LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS; Y,
B) LA GERENCIA
LA SOCIEDAD NO TENDRA DIRECTORIO.
ARTICULO 6º .- JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS: LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS ES EL ORGANO SUPREMO DE LA SOCIEDAD. LOS ACCIONISTAS CONSTITUIDOS EN JUNTA GENERAL DEBIDAMENTE CONVOCADAS, Y CON EL QUORUM CORRESPONDIENTE, DECIDEN POR LA MAYORIA QUE ESTABLECE LA “LEY” LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU COMPETENCIA.
TODOS LOS ACCIONISTAS INCLUSO LOS DISIDENTES Y LOS QUE NO HUBIERAN PARTICIPADO EN LA REUNION, ESTAN SOMETIDOS A LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL.
LA CONVOCATORIA A JUNTA DE ACCIONISTAS SE SUJETA  A LO  DISPUESTO EN EL ART.  245º DE LA “ LEY”.
EL ACCIONISTA PODRA HACERSE REPRESENTAR EN LAS REUNIONES DE JUNTA GENERAL POR MEDIO DE OTRO ACCIONISTA, SU CONYUGE, O ASCENDIENTE O DESCENDIENTE EN PRIMER GRADO, PUDIENDO EXTENDERSE LA PRESENTACION A OTRAS PERSONAS.
ARTICULO 7º.-  JUNTAS NO PRESENCIALES: LA  CELEBRACION DE JUNTAS NO PRESENCIALES SE SUJETA A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 246º DE LA “LEY”.
ARTICULO 8°.- LA GERENCIA: NO HABIENDO DIRECTORIO, TODAS LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS EN LA “LEY” PARA ESTE ORGANO SOCIETARIO SERAN EJERCIDAS POR EL GERENTE GENERAL.
LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS PUEDE DESIGNAR UNO O MAS GERENTES SUS FACULTADES, REMOCION Y RESPONSABILIDADES SE SUJETAN A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 185º  Y SIGUIENTES DE LA “LEY”.
EL GERENTE GENERAL ESTA FACULTADO PARA LA EJECUCION DE TODO ACTO Y/O CONTRATO CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA SOCIEDAD, PUDIENDO ASIMISMO REALIZAR LOS SIGUIENTES ACTOS:
A) DIRIGIR         LAS        OPERACIONES        COMERCIALES       Y
ADMINISTRATIVAS . 
       
B) REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES. EN LO JUDICIAL GOZARA  DE LAS FACULTADES  SEí‘ALAS EN LOS ARTICULOS 74, 75, 77 Y 436 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, ASI COMO LA FACULTAD DE REPRESENTACION PREVISTA EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY Nº 26636 Y DEMAS NORMAS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS; TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACULTAD DE DELEGACION O SUSTITUCION.
C)    ABRIR, TRANSFERIR, CERRAR Y ENCARGARSE DEL MOVIMIENTO DE TODO TIPO DE CUENTA BANCARIO, GIRAR, COBRAR, RENOVAR, ENDOSAR, DESCONTAR Y PROTESTAR, ACEPTAR Y REACEPTAR CHEQUES, LETRAS DE CAMBIO, VALES, PAGARES, GIROS, CERTIFICADOS, CONOCIMIENTOS, POLIZAS Y CUALQUIER CLASE   DE TITULOS VALORES, DOCUMENTOS MERCANTILES Y CIVILES; OTORGAR RECIBOS Y CANCELACIONES, SOBREGIRARSE EN CUENTA CORRIENTE CON GARANTIA O SIN ELLA, SOLICITAR TODA CLASE DE PRESTAMOS CON GARANTIA HIPOTECARIA, PRENDARIA O DE CUALQUIER FORMA.
D) ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TITULO; COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, DONAR, ADJUDICAR Y GRAVAR LOS BIENES DE LAS SOCIEDAD SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS, YA SEAN PRIVADOS O PUBLICOS. EN GENERAL PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS NOMINADOS E INNOMINADOS VINCULADOS CON EL OBJETO SOCIAL.
EL GERENTE GENERAL PODRA REALIZAR TODOS LOS ACTOS  NECESARIOS PARA LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD, SALVO LAS FACULTADES RESERVADAS A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.
ARTICULO 9º  .-  MODIFICACION DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL: LA MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL, EL AUMENTO Y REDUCCION DE CAPITAL SE SUJETAN A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 198º  Y 199º DE LA “LEY”, ASI COMO EL AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL SOCIAL, SE SUJETA A LO  DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 201º AL 206º Y 215º AL 220º, RESPECTIVAMENTE, DE LA “LEY”.
ARTICULO 10º .- ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACION DE UTILIDADES.- SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 40º, 221º , 222º, 223º, 224º, 225º, 227º,228º, 229º, 230º, 231º, 232º, 233º y 242º DE LA  “LEY”.
ARTICULO 11º .- DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION: EN CUANTO A LA DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION DE LA SOCIEDAD, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 407º, 409º, 410º,  412º, 413º AL 422º DE LA “LEY”.
QUINTO.- QUEDA DESIGNADO COMO PRIMER GERENTE GENERAL DON……………………………………………………..CON DNI Nº………………
CLAUSULA ADICIONAL I.- SE DESIGNA A : ………………………………….CON DNI Nº……………., SUB GERENTE DE LA SOCIEDAD, QUIEN REEMPLAZARA AL GERENTE GENERAL EN CASO DE AUSENCIA O IMPEDIMENTO CON LAS MISMAS FACULTADES PREVISTAS PARA ESTE.
CLAUSULA ADICIONAL II .-    DE   CONFORMIDAD   CON   EL   ART. 315  DEL
CODIGO CIVIL INTERVIENE  ……………………………..CONYUGE  DE  …………..  ……………………………….., AUTORIZANDO EXPRESAMENTE EL APORTE EN BIENES MUEBLES.
AGREGUE UD. SEí‘OR NOTARIO, LO QUE FUERE DE LEY Y SIRVASE CURSAR LOS PARTES CORRESPONDIENTES AL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS DE .LIMA ., PARA LA RESPECTIVA INSCRIPCION.
                             
       ………………,  ……DE……………………..DEL 2006
—————————–     —————————-  ———————–
                                                                                                                                                             
DECLARACION JURADA DE RECEPCION DE BIENES
POR EL PRESENTE  DOCUMENTO, YO ……………………………EN MI CALIDAD DE GERENTE  GENERAL  DESIGNADO DE  LA   SOCIEDAD  DENOMINADA …………………………………………….S.A.C. QUE SE CONSTITUYE DECLARO BAJO JURAMENTO HABER RECIBIDO  LOS  BIENES  MUEBLES QUE  APARECEN DETALLADOS Y VALORIZADOS EN LA CLAUSULA TERCERA DEL  PACTO SOCIAL QUE ANTECEDE.
                        … ……….. ………. DE …………………..DE 2006
                           ————————————————-
                                         GERENTE GENERAL

Impacto de la Informàtica en el Derecho

                        "La Informàtica en el Derecho como herramienta innovadora"

(Una de las grandes ayudas  para el abogado que se brindan gracias a la informática)

Desde la aparición de lacomputación como un fenómeno, ésta ha sido benéfica en las distintas áreas de la ciencia y la cultura.

La tecnología siempre ha sido gran aliada del ser humano, pero ¿qué pasa cuando ésta se pone al servicio de la delincuencia Precisamente eso ha ocurrido con la informática, ahora los delincuentes utilizan éste medio para consumar sus actos delictuosos.

Por definición general el derecho debe evolucionar con las necesidades de los seres humanos o con sus nuevas costumbres para regular las nuevas relaciones que de esto surge.

Es por ello que surgió el derecho informático, que se entiende como el conjunto de normas objetivas que están destinadas a mediar los actos que nacen a causa del uso de la informática. Se ha considerado que ésta nueva faceta del derecho no debe ser considerada tanto como una rama subyacente de la ciencia del derecho, si no como un proceso de transformación de la misma, ya que la aparición de la informática ha provocado la diversificación de los procesos jurídicos, tales como juicios, pruebas, medios de delinquir, etc.

Uno de los puntos en que el derecho se ha visto vulnerado a causa de la informática, como ya he mencionado, es en las dos ramas clásicas del derecho, como lo son el derecho civil y penal, aunque como mencioné líneas arriba, se sugiere también que el derecho informático sea considerado como una rama independiente del derecho.

El derecho penal, se afronta un nuevo reto en cuanto la sanción y clasificación de los delitos, ya que como sabemos el delito se define como una conducta que es sancionada por las leyes de defensa social. Pero que sucede cuando el medio es la tecnología, los abogados defensores de los delincuentes informáticos podrían alegar la ausencia de alguna característica que integre la configuración de un delito, como la tipicidad, ya que el derecho aún no prevé muchos actos informáticos ilegales como delitos o la punidad por la misma causa.

Es en estos casos que el derecho se ve rebasado por la tecnología, que usa a su vez como vía de escape a sus principios más básicos, como el que definiera el conde de en su libro “De los delitos y de las penas”: No puede aplicarse pena alguna que no esté predefinida en la ley.

se ve afectado de una manera similar al derecho penal, y es en el ámbito de los contratos y firmas electrónicas, que han usado a últimas fechas las empresas en esta nueva era. Ahora se puede ver que en internet las personas pueden adquirir bienes y servicios que regulan los contratos informáticos, como en la compra venta de software, documento que prácticamente nadie lee, y que compromete muchas veces al usuario a cláusulas por demás injustas y en extremo ventajosas para el proveedor.





Por ello tanto los portales web del Poder Judicial como El Sistema Peruano de Informática Jurídica
son herramientas esenciales y muy importantes para el abogado, estudiantes de derecho y todo aquel que lo solicite pues estas siempre están actualizadas y abiertas para la sociedad, siendo esta una forma de poder acceder a la información de nuestros deberes y derechos como participes de la sociedad en que vivimos y como máximo valor jurídico reconocido por nuestra Constitución.

sábado, 1 de octubre de 2011

Código de Ética

Comentario sobre el Código de Ética

 El concepto proviene del griego ethikos, que significa “carácter”. Puede definirse a la ética como la ciencia del comportamiento moral, ya que estudia y determina cómo deben actuar los integrantes de una sociedad.
Un código, por su parte, es una combinación de signos que tiene un determinado valor dentro de un sistema establecido. En el derecho, se conoce como código al conjunto de normas que regulan una materia determinada.


Luego de la presentación del Código de Ética, dirigida para todos aquellos que conformamos la Facultad de Derecho, me agrada ver que los profesores confíen en nosotras brindándonos la oportunidad de colaborar con una labor tan importante y delicada que puede ser el elaborar un Código de Ética y ver en la presentación que nuestra universidad participa en concursos jurídicos importantes y que no estamos “tan aisladas como a veces se piensa”.

Este gran trabajo realizada por alumnas de nuestra facultad y bajo la supervisión de una docente me enorgullece puesto que no solo tiene una visión por encima de las alumnas sino que va mas allá porque esta la participación de alumnas de pre-grado y  una bachiller las cuales están relacionadas actualmente con lo que sucede en las aulas de nuestra facultad y de aquellos inconvenientes por el que pasamos en cada examen, exposición o entrega de trabajos.

Y

Diferenciar entro lo bueno y lo malo.
Diferenciar entre ser egoísta y no serlo.
Diferenciar la simple palabra “me ayudas”…

Y
Tratar de ser mejores cada día J  
http://www.youtube.com/watch?v=ACf_iMvr0VU&feature=related